domingo, 3 de enero de 2010

Lanzamiento de Opciones

El lanzamiento de un call toma el compromiso de vender el título valor subyacente al precio de ejercicio siempre y cuando le asignen un ejercicio. A cambio de la obligación que asume, recibe el pago de la prima que es realizado por el comprador de la opción.
Al lanzador de un call le pueden asignar un ejercicio en cualquier momento durante la vida de la opción, salvo que previamente haya cerrado su posición de opciones.

a) Lanzamiento cubierto de calls

El lanzador de un call es aquel que vende una opción de compra sobre acciones que posee. Los títulos pueden ya integrar su cartera, o puede adquirir las acciones y simultáneamente librar calls contra ellas.
Un lanzador cubierto de un call pierde la oportunidad de beneficiarse de un aumento en el precio de la acción por encima del precio de ejercicio. Además el lanzador cubierto de un call continúa afrontando el riesgo de una declinación en el precio del título valor subyacente.
Uno de los principales objetivos del lanzamiento cubiertos de calls es el de conseguir un mayor retorno vía ingresos por prima, que lo que podría rendir la sola inversión en acciones.
El lanzador cubierto de un call siempre retiene los dividendos en efectivo generados por los títulos valores subyacentes durante el período previo al ejercicio. No obstante, el titular del call se transforma en acreedor del dividendo si ejercita la opción en una fecha anterior a aquella en que la especie se cotice ex-dividendo (aunque la notificación al lanzador de la opción de que se la ha asignado un ejercicio sea posterior a la fecha del ex-dividendo).
Dado que los titulares de calls pueden intentar hacerse de un dividendo pendiente ejerciendo su opción, a medida que se acerca la puesta a disposición del dividendo aumentan las probabilidades de que se le asigne un ejercicio a un lanzador de un call.
Siendo que el lanzador cubierto de un call pierde la oportunidad de lucrar una suba en el precio de la acción por encima del precio de ejercicio, si dicho aumento tuviera lugar causando que al aproximarse el vencimiento el call se convierta in the money, el inversor puede anticipar que le asignarán un ejercicio. Salvo que cancele su obligación como lanzador comprando una opción neutralizadora (por una prima que puede ser superior a la que recibió por lanzar la opción de compra) antes que le asignen un ejercicio, deberá entregar las acciones al precio de ejercicio.
Si el lanzador cubierto de un call no desea desprenderse de las acciones que ya poseía, puede adquirir al precio corriente de mercado suficientes acciones de la misma especie para satisfacer su obligación de ejercicio. La utilidad de esta estrategia depende de si, al precio corriente de la especie, la pérdida que significa comprar las acciones en el mercado e inmediatamente revenderlas al precio inferior de la opción, es mayor o menor que la prima recibida cuando se lanzó el call. Tales consideraciones, como el deseo de continuar poseyendo las acciones, pueden indicar si ésta es una alternativa preferible a la entrega de acciones que ya se poseían.
También se pueden lanzar calls cubiertos con el propósito de lograr una protección limitada (hasta el valor de la prima) contra una disminución en el precio de las acciones.

b) Lanzamiento descubierto de calls

El lanzamiento de calls en descubierto involucra la vena de una opción de compra contra acciones que uno no posee ni tiene la opción de comprar. En este caso el grado de riesgo es sumamente elevado.
El objetivo de lanzar calls en descubierto es obtener un ingreso en concepto de primas sin invertir en el título valor subyacente. Sin embargo, un lanzador de calls descubiertos debe cumplir los requisitos que establecen los márgenes de garantía.
El margen de garantía se refiere a los títulos valores (o al dinero) que debe depositar con su agente un lanzador de calls (o puts) como garantía por la obligación de vender (o comprar) los títulos subyacentes si le asignan un ejercicio. Los lanzadores en descubierto pueden tener que reponer sus márgenes de garantía en el caso de oscilaciones adversas de los precios.
La pérdida que puede incurrir un lanzador de calls descubiertos está limitada a la diferencia en que el precio de mercado de la acción supere el precio de ejercicio de la opción, menos la prima recibida por el lanzamiento.
Como todo lanzador de opciones, el vendedor descubierto de un call está sujeto a la asignación de un ejercicio en cualquier momento. En ese caso, el lanzador descubierto del call tendría que comprar los títulos valores subyacentes al precio corriente de mercado y revenderlos al precio inferior de ejercicio.
El lanzamiento de calls en descubierto es una estrategia de alto riesgo y requiere que los inversores que la realicen posean una gran capacidad financiera y suficientes activos líquidos para cumplir con los márgenes de garantía pertinentes.

De Inversiones Blogspot